Trabajamos para promover la creación de lugares más bellos, humanos y duraderos y el respeto por el patrimonio cultural y natural y por los saberes tradicionales que permiten conservarlos.
Con tu ayuda, podemos llegar a más personas e involucrar a más agentes que favorezcan su estudio, reconocimiento y difusión.
Dona y ayúdanos a hacer crecer estas iniciativas y a promover otras nuevas que las complementen.
Con una aportación anual de 300 euros puedes convertirte en Amigo de la Fundación Culturas Constructivas Tradicionales y colaborar activamente en la protección, el estudio, la enseñanza y la difusión de la construcción, la arquitectura y el urbanismo tradicionales en todo el mundo. Esta donación supone una desgravación fiscal anual de 220€ y de 222,5€ a partir del tercer año (ver beneficios fiscales a continuación).
Ser Amigo de la Fundación conlleva además una serie de beneficios: recibirás nuestras publicaciones anuales en formato impreso (cuando la distribución geográfica lo permita), estarás invitado a encuentros y actividades especiales, y formarás parte de una red comprometida con la transmisión de un conocimiento que hace posible la creación de entornos más bellos, sostenibles y confortables. Tu apoyo nos permite ampliar el alcance de estas iniciativas, involucrar a un mayor número de personas y poner en marcha nuevos proyectos que sigan teniendo un impacto real y duradero en el mundo que habitamos.
Tu nombre aparecerá también publicado, salvo que solicites lo contrario, en la lista de Amigos de la Fundación.
Nos permite recopilar y editar toda la información necesaria para publicar el perfil de un nuevo maestro en redmaestros.com.
Nos permite contar con la participación de un conferenciante más en el próximo congreso, curso o seminario.
Nos permite recopilar y editar toda la información necesaria para publicar el perfil de seis nuevos maestros en redmaestros.com
Nos permite sufragar todos los gastos de un participante de la Escuela de Verano.
Nos permite producir y difundir un reportaje en vídeo sobre el trabajo de un artesano.
Nos permite mantener actualizados y en abierto los contenidos de nuestras webs durante un año.
Nos permite becar a un maestro y un aprendiz para que se forme con él durante 4 meses.
Nos permite premiar a uno de los maestros reconocidos con los Premios de las Artes de la Construcción.
Nos permite publicar un nuevo libro de la serie Nueva Arquitectura Tradicional.
Nos permite organizar un nuevo seminario internacional.
Nos permite mantener actualizada y seguir ampliando la Red de Maestros durante un año.
Nos permite becar a un maestro y un aprendiz para que se forme con él durante un año.
Nos permite publicar un nuevo ejemplar de la revista Journal of Traditional Building, Architecture and Urbanism.
Cualquier persona o entidad que done para un proyecto concreto una cantidad significativa respecto al coste completo de dicho proyecto aparecerá debidamente reconocida, en caso de aceptar dicho reconocimiento, en todo momento y en todo el material relacionado con dicho proyecto.
Cualquier persona o entidad que done anualmente a la Fundación una cantidad igual o superior a 10.000€ o aporte un apoyo relevante de otra naturaleza de forma continuada será reconocida como benefactora por la Fundación.
Cualquier entidad que done a la Fundación al menos en una ocasión una cantidad igual o superior a 10.000€ o aporte un apoyo relevante de otra naturaleza será reconocida en adelante entre las entidades que han colaborado con la Fundación.
Cualquier donación superior a los 50.000€ o apoyo de otra naturaleza que sea equivalente conllevará reconocimientos que pueden ser directamente acordados con la persona o entidad donante, en función de sus preferencias, objetivos o intereses.
Cualquier donación, sea mayor o menor, en función de la ubicación de la persona o entidad donante, puede ser reconocida también con el envío de las publicaciones realizadas por la Fundación en ese año en versión impresa.
Deducciones fiscales si decides apoyar a la Fundación
Donantes españoles:
De acuerdo con la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, los donantes a la Fundación Culturas Constructivas Tradicionales podrán acogerse, cumpliendo con los requisitos establecidos al efecto, en su próxima o próximas declaraciones de la renta, a las siguientes deducciones fiscales:
Personas físicas (IRPF)
Los primeros 250 euros donados tienen una deducción del 80%, es decir, el contribuyente paga 50 euros y los otros 200 euros que nos llegan son una subvención indirecta de Hacienda.
En cantidades superiores a 250 euros, la deducción es del 80% para los primeros 250 euros y del 40% para el importe restante (45% si se han efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores). Por ejemplo, para donaciones de 500€, de los primeros 250 euros la deducción es del 80%, por lo que el contribuyente recupera 200 euros. De los restantes 250 euros la deducción es del 40%, por lo que el contribuyente recupera 100 euros. Por tanto, en total el contribuyente recupera 300 euros, o 312,5 euros si se trata de una donación recurrente.
* La deducción tiene un límite previsto en el apartado 1 del artículo 69 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. La normativa de incentivos fiscales en Navarra y País Vasco puede ser diferente a la del resto de España.
Personas jurídicas (Impuesto de sociedades)
El importe donado tiene una deducción del 40% (50% si se han efectuado donativos por la misma o mayor cantidad a la misma entidad en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores). Por ejemplo, para donaciones de 500€, la deducción será del 40%, por lo que el contribuyente recupera 200 euros o 250 euros si se trata de una donación recurrente.
* La deducción tiene un límite del 15% de la base imponible del período impositivo. Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los diez años inmediatos y sucesivos. La normativa de incentivos fiscales en Navarra y País Vasco puede ser diferente a la del resto de España.
Mantenemos esta información actualizada, pero, como los requisitos y situaciones fiscales de cada persona física o jurídica son diferentes, te animamos a consultarlo con un experto o informarte de si ha habido algún cambio recientemente en la Unidad Cultura y Mecenazgo de la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo del Ministerio de Cultura y Deporte.
Donantes de otras nacionalidades:
Las deducciones fiscales por donaciones están sujetas a una normativa específica en cada país. Ante cualquier duda sobre si nuestra entidad cumple con los requisitos establecidos para deducciones fiscales en el lugar en el que tributes, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y trataremos de aportar cuanta información pudieras necesitar sobre la entidad y su actividad para contrastarlo con un experto en la normativa vigente en el país en cuestión.